ANMAT: Prohíben la venta de 10 cremas y geles por ser “riesgosos para la salud”

Elradardelsur.ar – 30/03/2022

La ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de al menos 10 geles y cremas por ser “riesgosas para la salud”

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), publicó este miércoles en el boletín oficial la disposición 2300/2022, donde brindaron detalles sobre el hallazgo de productos nocivos para la salud. 

El Departamento de Control de Mercado recibió una denuncia por medio de un correo electrónico de un particular sobre un artículo específico, “Cannabis crema para el dolor uso médico cbd 200 por 100 cc.”. Este artículo, según menciona el comerciante que lo adquirió en Trelew, Chubut, “desinflama, anestesia y calma los dolores de espaldas, articulares, esguinces, golpes y contracturas”.

Esta crema, parecía no cumplir con el efecto deseado. Por lo que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, se dio cuenta al adentrarse en la investigación que no era el único producto que aspiraba a brindar una solución aliviadora para un gran cúmulo de síntomas y dolencias.

Los productos, aparte de ser elaborados y distribuidos en distintas provincias de la Argentina, no cuentan con las licencias y/o registros necesarios para considerarlos dentro de los rubros de medicamentos, productos médicos o productos cosméticos,  según señala la Dirección de Gestión de Información Técnica.

Por otro lado, los laboratorios encargados de fabricarlos, “Laboratorio Iris SA, Villa Luján, Rasmuseum y Megapar”, según investigaciones, no se encuentran habilitados para la producción de ninguno de estos artículos o no existen.

Asimismo, Anmat remarca que “al ser medicamentos sin registro ante la autoridad sanitaria en la República Argentina, se niega su procedencia, condiciones de elaboración y que por lo tanto representan riesgo para la salud de los potenciales pacientes a los que se les pudiera administrar”. Por lo que cree pertinente decretar la prohibición para “elaborar, fraccionar y comercializar en todo el territorio nacional y en las plataformas de ventas en línea” de la lista comprendida por los 10 elementos mencionados en la disposición.

 

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