Elradardelsur.tv – 08/04/2021 - Fotos:Archivo web
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió dos marcas de aceite de girasol y un alimento “anti-estrés”. Los aceites tenían datos falsos en sus etiquetas, mientras que el otro producto está elaborado a base de una especie de hongo no aprobado para el consumo
A través de la Disposición 2415/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial prohibió la comercialización del producto identificado como “KAWSAY, Alimentos con poderes REISHI, Ganoderma Lucidum ANTI-STRESS Y LONGEVIDAD, Ingredientes: 100% Seta Micromolida Polvo, 50 Gr., producto 100% puro, natural y agroecológico, cultivado en la selva misiones, Argentina, vencimiento Dic. 2021”.
El organismo detectó que este alimento promocionado como “anti-estrés” y que dice favorecer la “longevidad” está elaborado a base de una especie de hongo que no se encuentra incluida en el Código Alimentario Argentino (CAA), por lo que no está autorizada para el consumo.
Al carecer de registro, Anmat señala que no puede garantizarse la trazabilidad del producto, “sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad” y por esa razón recomienda “prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”.
Mediante la Disposición 2374/2021 el organismo prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de Girasol - aceites comestibles marca ‘El Ñato’, Elaborado en Bs. As. ZONA NORTE, Bs. As. ACEITERA FG ENVASADO POR RNE 02534182 / RNPA 0253578” por carecer de registros sanitarios, consignar un RNPA y un RNE inexistentes, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal.
En el texto publicado en el Boletín Oficial, la Anmat sostiene que para “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales” se recomienda la prohibición en todo el territorio nacional de los aceites porque al carecer de registro “no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.