Elradardelsur.ar 16/06/2023
Debido a las reiteradas quejas presentadas por la ciudadanía acerca de ruidos, daños a la propiedad y alboroto en la vía pública, relacionados al funcionamiento de locales bailables, el Concejo Deliberante de Florencio Varela, sancionó la Ordenanza Nº10.329/23 y el Decreto Nº1.111/23, con el objetivo de resolver estos problemas y facilitar una convivencia pacífica entre las actividades de dichos locales y la tranquilidad de los vecinos.
Pero parece que algunos de los dueños de estos boliches se creen con derecho a manejar a su antojo los días, horarios y el modo en que ejercen su actividad, sin importarles el derecho al descanso, la seguridad y el respeto, tanto en la vía pública como en las propiedades cercanas a sus establecimientos.
Uno de los puntos cuestionados es el siguiente: “Las actividades bailables sólo y exclusivamente podrán desarrollarse los días viernes, sábados y víspera de feriado, en el horario de 22.00 a 5.30 horas, a excepción de normativa superior específica que disponga una limitación horaria”
Cabe destacar que la nueva reglamentación fue aprobada por unanimidad, por la totalidad de los bloques del Concejo.
Se establecen allí nuevos requerimientos para la habilitación y funcionamiento de este tipo de locales comerciales, que incluyen infraestructura, capacidad, instalaciones, servicios, personal, protocolo de emergencias, seguridad, concurrencia de público, certificación, zonificación y días y horarios de funcionamiento.
El Municipio invita a la comunidad a expresar sus reclamos, inquietudes, denuncias y sugerencias, dirigiéndose a las diferentes áreas de la Comuna encargadas de recibir estos reclamos, o utilizar la Línea para Atención Gratuita en el 0800-999-1234.