Elradardelsur.tv-08/06/2020
Mediante la Decisión Administrativa 995/2020, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional autorizó nuevas actividades en Florencio Varela y en varios municipios bonaerenses.
Esto habilita nuevas excepciones al "cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las actividades, servicios y profesiones" que se autorizaron.
Según la mencionada decisión administrativa en Florencio Varela se habilitó a partir del día de la fecha las siguientes actividades:
- Servicios inmobiliarios
-Profesionales y técnicos: abogados, contadores, arquitectos, escribanos, gestores, agrimensores, profesionales y técnicos en seguridad e higiene laboral - Servicios contables - Arquitectura e ingeniería.
- Escribanía - Kinesiólogos - Podólogos - Nutricionistas y fonoaudiólogos
- Agencia de remises - Electricistas, gasistas, plomería, electricidad, albañilería, pintores, jardineros, pileteros, herrerías - Lavadero de autos - Matafuegos (recarga, revisión) -Venta y reparación de automotores, motocicletas, bicicletas - Venta minoristas de materiales eléctricos - Pinturería - Madereras - Aberturas - Cerámicas - Viveros - Lubricentros - Ortopedias - Fabricación de calzado - Fabricación de indumentaria - Industria química y petroquímica - Fabricación de productos metalúrgicos, maquinaria y equipo - Fabricación de productos minerales no metálicos (Fabricación de ladrillos).
En todos los casos y para preservar la salud de los trabajadores y trabajadoras, deben cumplirse estrictos protocolos sanitarios y ninguno de las personas afectadas o involucradas a las nuevas actividades podrán acceder a los lugares habilitados utilizando el servicio público del transporte de pasajeros, y su traslado deberá ser garantizado por las empleadoras y empleadores.
Por su parte, y en el marco de la Decisión Administrativa N° 919/20, que exceptúa del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular al personal afectado a las agencias oficiales de lotería, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, se decretó habilitar el funcionamiento de las mismas en el partido, de lunes a sábados de 9 a 18 horas.
La mencionada actividad deberá ajustar su funcionamiento al protocolo sanitario establecido por el Instituto provincial de Lotería y Casinos, y los empleadores y empleadoras deberán garantizar y proveer el uso del transporte privado particular de cualquier tipo y/o servicio de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre, taxis ó remises, evitando en consecuencia el uso del servicio público de transporte de pasajeros en cualquiera de sus modalidades.