Elradardelsur.tv – 18/12/2020 - Foto: Archivo web
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de oliva, dos tipos de miel, una bebida probiótica y agua alcalina, según se publicó en el Boletín Oficial.
A través de la disposición 8605/2020 la administración prohibió la comercialización del producto: “Aceite de Oliva, marca Olive Oil, según indicaron, el carece de registro de RNE y RNPA y por consignar un RNPA inexistente y un RNE perteneciente a una razón social dada de baja, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal.
Asimismo, prohibió también, a través de la disposición 8726 y 8728/2020, la comercialización del producto: “Miel Vegana”, marca Ocho Vientos, Comida Vegana, Producto 100% vegano”, porque el producto carece de autorización de establecimiento y de producto, por denominarse “miel” sin serlo, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal. Y de la “Miel de Abejas, marca El Chaja, sólida, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado por exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Por último, decidió prohibir la comercialización de dos tipos de bebidas, una fermentada de bajo contenido alcohólico a base de azúcar - Bebida Probiótica Fermentada - marca Sr. Kefir, ya que carece de autorización de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal. Y del “Agua Alcalina Hidrogenada”, Pura salud, debido a que si bien ha iniciado el trámite para registrar el establecimiento, al momento de detectarse la infracción, carecía de registros de RNE Y RNPA, resultando ser un alimento ilegal.
Las medidas de retiro del mercado se establecen como medidas de gestión del riesgo en el marco de la protección de la salud del consumidor antes las evidencias de un incidente alimentario. Por otro lado, la prohibición de comercialización de un producto se da en el marco de los procedimientos de identificación de las infracciones al marco normativo.