Ley Justina: todos somos donantes

El Radar del Sur – 08/01/2019
Los médicos, para realizar un trasplante, no tendrán que consultar a los familiares del paciente
El gobierno nacional oficializó a través de la ley 27.447 que "se considera donante a toda persona capaz, mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición a la donación".
La Ley regula las actividades relacionada a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células en todo el país y fue aprobada en 2018. 
Se estable como donante a cualquier persona mayor de 18 años que no haya dejado una constancia de su oposición a donar órganos. 
En el caso de los menores de edad, “la autorización para la obtención de los órganos y tejidos debe ser efectuada por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente, o el representante legal del menor”.
Se estableció que el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) será el organismo de aplicación de la norma, bajo la órbita de la cartera de Desarrollo Social que dirige Carolina Stanley. 
El nombre del proyecto se estableció en homenaje a Justina Lo Cane, una chica de 12 años que falleció en noviembre de 2017 a la espera de un corazón. 
De acuerdo a lo expresado por el decreto, varios organismos participaron para la reglamentación de la normativa: la Sociedad Argentina de Trasplantes (SAT), Sociedad Argentina de Terapia Intensiva (SATI), Sociedad Argentina de Nefrología (SAN), Sociedad Argentina de Pediatría (SAP), Sociedad Neurológica Argentina (SNA), y la Comisión Federal de Trasplante (COFETRA). 

 

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