Elradardelsur.tv - 27/05/2015
Según un informe de gestión elaborado por el nuevo Juzgado de Faltas N° 3 que atiende de forma exclusiva las causas contravencionales derivadas de las infracciones a la ley de tránsito en el distrito, se redujeron las infracciones por el no uso de casco de seguridad en los motociclistas, a similar nivel de controles en la vía pública.
Según el mismo y teniendo en cuenta el periodo comprendido entre los meses enero y  mayo de 2015, se redujo del 14 al 10 % la cantidad de faltas cometidas por No llevar casco de seguridad normalizado, en relación a la muestra anterior correspondiente a noviembre de 2014 y enero de 2015, descendiendo del segundo al cuarto lugar en las infracciones más frecuentes, lideradas por estacionar en sitios no permitidos.
En este sentido se desprende de los datos mencionados la importancia y efectividad de la política impulsada desde el Municipio tendiente a generar una conciencia vial en los conductores y reducir los siniestros en el distrito con la implementación de controles y operativos de transito con la participación conjunta de la Policía, la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Guardia Comunal, además de una marcada educación vial en las escuelas.
Del informe también se vislumbra que aumentó del 7 al 12 % Â la cantidad de infracciones por no poseer el vehículo la Revisión Técnica Obligatoria, pasando del sexto al segundo lugar en la tabla de infracciones.
Más datos
El muestreo elaborado por el Juzgado de Faltas N° 3 destaca también que en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 20 de mayo de 2015 se registraron un total de 10299 infracciones a la Ley Nacional de Transito 24449.
El primer lugar lo ocupa la falta de Estacionar en lugar no permitido con un  total de 2404; luego lo siguen la infracción de Carecer el vehículo de Revisión técnica Obligatoria con 1258; en tercer lugar con 1213 No poseer seguro obligatorio; en cuarto con 1065 la falta de No llevar puesto los ocupantes de la motocicleta casco de seguridad normalizado; en quinto Circular sin poseer Licencia de Conducir con 903; en sexto No poseer el automotor los sistemas de seguridad originales en buen estado de conservación con 841 ; y Otras Infracciones con 2615.
De dichos datos se destaca una apreciable diferencia entre la primera falta Estacionar en lugar no permitido con respecto a las siguientes; tal es así que solo sumadas la segunda y la tercera superan por un punto porcentual a la primera.
Vale destacar que en contraposición con la primera falta que suele ser autónoma al momento de labrarse el Acta de Comprobación, del segundo al sexto puesto, en la mayoría de los casos, las infracciones son coexistentes debido a la gran cantidad de moto vehículos secuestrados, arrojando como resultado más de una falta.
Multas
La función primordial del Juzgado de Faltas, impulsada su apertura por el Intendente Julio Pereyra, es sancionar las infracciones cometidas por los conductores apuntando a la disuasión en la conducta y una mayor y mejor conciencia al momento de conducir para una progresiva reducción de los siniestros viales.
Sin embargo, el Juzgado tiene el sustento jurídico de las Leyes 24.449, 26.363, la ley provincial 13.927 y sus correspondientes Decretos Reglamentarios, que establece que cada infracción se encuentra establecida en UF`s (Unidades Fijas), siendo estas equivalentes a 1 litro de nafta de mayor octanaje, informado por el Automóvil Club Argentino (ACA) de la Ciudad de La Plata, donde cada Órgano de Juzgamiento determinará un rango máximo y mínimo de UFs` a aplicar a cada infracción.
El valor aplicable actualmente por cada UF, según lo informado por el Ministerio de Jefatura de Gabinete de la provincia de Buenos Aires,  se corresponde a  $ 13,37.
Vale destacar que el infractor puede presentarse en el Juzgado para hacer un reconocimiento de las infracciones cometidas y acogerse al Pago Voluntario con una reducción del 50 % del valor total de la multa.
Por otra parte, y en caso de que el infractor entienda que la falta adolece de alguna nulidad o que exista una eventualidad que lo forzó a cometer la falta, puede realizar, ante el equipo de Letrados del Juzgado, un descargo contando su versión de los hechos, a fin de lograr desvirtuar lo escrito en el Acta de Comprobación.
Según la estadística realizada por el Juzgado de Faltas en el periodo de enero a mayo de 2015, se han efectivizado un total de 1974 causas, de las cuales casi el 97 % han concluido en multas; un 2,28 % de Amonestaciones y  un 96 % de Sobreseimientos.
Del total de las Multas 1575 (80 %) fueron saldadas por el Pago Voluntario; 191 (10 %) se sometió a un Convenio de pago; y 208 (10 %) se encuentran en gestión de cobro.