F. Varela: Entrevista al intendente Andrés Watson -Parte 4 Regulación venta de pirotecnia

Elradardelsur.tv – 27/12/2018 La Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires declaró inconstitucional una ordenanza de la comuna de General Alvarado (Miramar) que prohibía la pirotecnia en ese partido. Este fallo sentó jurisprudencia. Los municipios que la prohibieron por decreto, están expuestos a que las mismas también sean declarada inconstitucionales Por ello el departamento ejecutivo varelense envió una nueva ordenanza que especifica que queda prohibida la venta, fabricación o distribución de pirotecnia en cualquier comercio que no esté habilitado expresamente en ese rubro. Las condiciones para vender imponen que el local debe tener una dimensión mínima de 30 metros cuadrados y deberá estar hecho de material incombustible, estar a más de 300 metros de distancia de cualquier depósito o comercio que maneje materiales inflamables, contar con autorización del RENAR.